La regulación temporal de precios minoristas máximos a productos de alta demanda para la población, entró en vigor este lunes en la Gaceta Oficial Ordinaria número 61, bajo la Resolución 225.
A partir de un crecimiento sostenido de los precios y un incremento en los índices de inflación de un 15% con cierre del mes de mayo, la normativa prevé la contención de los mismos en una nomenclatura de productos.
“El kilogramo de pollo troceado quedará fijado a 680 pesos, el aceite en formato de un litro costará hasta 990 pesos, mientras el kilogramo de leche en polvo 1 675 pesos, las pastas alimenticias en 835 pesos, las salchichas en 1045 pesos y el detergente en polvo en 630 pesos”, expresó el titular de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale.
Acotó que los precios fijados están expresados en kilogramos y litros, en el caso del aceite, por lo que se impone establecer una correlación de precios en aquellos casos en que los formatos de comercialización varíen.
Con el propósito de favorecer la formación de precios y reducir los costos de comercialización se exonerará a todos los actores de la economía que realicen dichas operaciones, del pago de los aranceles por la importación de estos seis productos.
Regueiro Ale explicó que la Resolución también establece que la formación de precios deberá estar contenido en un margen de ganancia de un límite de hasta un 30 %, “podemos decir que esta margen tienen carácter extraordinario. Es suficiente y satisfactorio para la gestión de cualquier actor económico.”
Estos productos de alta demanda para la población adquiridos por medio de la importación de las formas de gestión no estatal se compran en mercados cercanos a buenos precios y con niveles de flete adecuados, destacó la directora general de comercio exterior del MINCEX, Vivian Herrera.
“hoy existe una tendencia a la desinflación de los precios en el mercado internacional. Nuestros actores económicos tienen que conocer los precios que se manejan en el mercado precisamente para que la gestión de comprar sea más satisfactoria y no ir a grabar los precios en el consumidor final”, acentuó.
El directivo señaló que la medida por sí sola, no da respuesta a los niveles inflacionarios del país, pero si es un paso importante para su contención y a partir de ahí, de conjunto con otros organismos y con la implementación de otras proyecciones de gobierno seguir favoreciendo la reducción de los costos y de los precios minoristas.
En el caso de que se concretan precios inferiores a los establecidos en la norma, estos quedarán vigentes y se ratifica que la fijación de los mismos no será estática.
Hasta la fecha se han realizado más de 50 mil intercambios en todos los municipios del país con las formas de gestión no estatal vinculadas a la comercialización mayorista y minoristas de productos importados.
Las mayores preocupación, en estos encuentros, estuvieron asociadas a los costos de adquisición de las mercancías y de la trasportación de las mismas, así como de la fiscalización y control en el cumplimento de lo establecido en la Resolución 225.
La Resolución 225 deberá ser aplicada por todos los actores de la economía que realizan acciones de comercialización minoristas de los productos definidos en la norma.
Responde a los principios de una política de precios inclusiva y contempla, en similares condiciones, a todos los actores que participan en la producción y comercialización de productos.
Details in the radio proposal.
Taken from Radio Rebelde
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