La prórroga de la exención es una respuesta a las persistentes dificultades en la cadena de comercialización minorista nacional y representa un complemento a los mecanismos estatales de distribución
El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) oficializó la prórroga de la exención arancelaria para la importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago del impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos. La disposición fue publicada en la Gaceta Oficial de la República, en su edición extraordinaria No. 7, de este 17 de enero de 2025, mediante las resoluciones 9 y 10 del citado organismo.
Esta medida, aprobada desde el año 2021 y prorrogada en el tiempo, estuvo motivada, por las limitaciones en las ofertas de alimentos y otros productos de primera necesidad, a partir del recrudecimiento del bloqueo económico, financiero y comercial, y el impacto en la esfera económica de las medidas adoptadas para la prevención y enfrentamiento de la COVID-19.
Según detalla el Ministerio de Finanzas y Precios en la actualidad persisten las limitaciones en las ofertas de estos productos, afectaciones del Cuadro Básico de Medicamentos; así como el déficit de energía por averías en el sistema electroenergético nacional y falta de combustible y, por lo tanto, estos beneficios arancelarios continúan siendo una alternativa para la obtención de productos de primera necesidad que son deficitarios en el país.
Esta decisión se complementa con las resoluciones 4 de 2026, del Ministro de Salud Pública y la No. 34 de 2026, del Jefe de la Aduana General de la República, referidas a autorizar excepcionalmente, sin carácter comercial, exento del pago del Impuesto aduanero y de forma indefinida, la importación de envases originales de medicamentos e insumos médicos, y lo relativo a las Reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales, a los productos que clasifiquen como alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos que sean importados sin fin comercial.
Se ratifica que los artículos clasificados como alimentos o aseo, medicamentos e insumos médicos, que se importen como parte del equipaje del pasajero, así como los envíos, se presentarán ante la Aduana en bultos separados del resto de los productos, para la aplicación de los beneficios establecidos en las normas jurídicas aprobadas.
En las evaluaciones sistemáticas sobre el impacto de estas medidas, que realizan de forma conjunta las autoridades fiscales y de control aduanero, se han identificado personas que utilizan estos beneficios con fines de lucro y no para satisfacer consumos personales y familiares, por lo que la Aduana General de la República continuará reforzando las medidas de control en frontera para enfrentar el contrabando de mercancías , para contribuir a que no se desvirtúe el objetivo con el que se adopta este beneficio.
Estos beneficios estarán vigentes hasta tanto persistan las condiciones económicas que determinan su aprobación. Cuando proceda su eliminación se hará igualmente mediante las normas jurídicas correspondientes, lo que se informará previamente con un plazo mínimo de 30 días.
Tomado de JuventudRebelde




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